Planes de Pensiones como Beneficio Adicional a los Trabajadores

Aportación interna

Mercadotecnia UPCMayo 01, 2017
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El plan de pensiones, de acuerdo con la Comisión Nacional de Sistema de Ahorro Para el Retiro (CONSAR), es un esquema voluntario establecido por el patrón o derivado de una contratación colectiva, que busca otorgar un beneficio directo a los trabajadores que laboran para la entidad que diseñó el plan de pensión. La prestación antes referida es adicional a la contemplada en el régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social (LSS).

La CONSAR el 13 de Julio de 2011, emite disposiciones de carácter general aplicables a dichos planes de pensiones, para que su cumplimiento permita obtener a los patrones que establecen los planes de pensiones, la autorización por la propia CONSAR.

Dentro de los aspectos relevantes que se mencionan en las Reglas de Carácter General, es que los planes de pensiones establecidos por el patrón deben tener como objetivo complementar el ingreso en el retiro de las personas que mantengan una relación laboral con la entidad que financia dicho plan de pensiones, otorgándoles un beneficio adicional al momento de separarse definitivamente de dicha entidad después de haber laborado por varios años en ella.

Una vez que se cuenta con la autorización por parte de la CONSAR para operar de manera privada un plan de pensiones, el patrón podrá excluir del Salario Base de Cotizaciones los importes que entregue a sus colaboradores por ese concepto, esto de acuerdo a lo establecido en el Artículo 27 de la Ley del Seguro Social, siempre y cuando se cumplan con las reglas de carácter general.

Es importante comentar, que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) podrá́ requerir directamente a los patrones la información prevista en las disposiciones correspondientes o cualquier otra que considere relevante sobre el Plan de Pensiones, o de los trabajadores que reciban o hayan recibido aportaciones o beneficios a través de dicho plan, en el momento en que la autoridad lo solicite.

 

Fuente:          DOF (Reglas de Carácter General fecha 13 de Julio 2011 y 21 de Enero de 2016)

PAF 613.

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