ELIMINACIÓN DE DECLARACIÓN INFORMATIVA DE SUELDOS Y SALARIOS 2017

Análisis

Mercadotecnia UPCDiciembre 01, 2016
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sueldos y salarios

Por Dalila Mendia.

 

A través de los constantes cambios en materia de comprobantes fiscales, donde la autoridad en Reforma 2014 estableció la obligación a los contribuyentes personas físicas y morales de emitir CFDI por nómina, retenciones e información de pagos y en disposiciones transitorias de RMF 2014 con algunas prorrogas, se han ido sumando diversos cambios. Su normativa la encontramos en la Ley de Impuesto Sobre la Renta, artículos 27, 99 y 147, Código Fiscal de la Federación artículos 29 y 29 A y en Resolución Miscelánea Fiscal Sección 2.7.5 de la expedición de CFDI en materia de nómina.

Comprobantes que pueden utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral.

El día 30  de Septiembre del presente, el Servicio de Administración Tributaria en su página dio a conocer de manera anticipada la especificación técnica (informática) del Complemento CFDI recibo de pago de nómina versión 1.2 para que los contribuyentes y empresas desarrolladoras de software estén en condiciones de planear, desarrollar y realizar las modificaciones necesarias a sus sistemas informáticos y puedan operar el próximo 01 de Enero de 2017 que es cuando inicia su vigencia.

Dentro de los cambios en CFDI de nóminas se encuentran:

  • Verificación y validación ante el SAT del RFC de empleados, lo que permitirá que en el caso de una solicitud de devolución de saldo a favor por parte del trabajador no le genere un proceso más largo que el normal.
  • Siempre debe existir información de importes por pagar al receptor.
  • El importe total de la nómina no puede ser negativo.
  • Debe tener el valor “1.2”
  • Se incorpora la CURP del emisor del comprobante de nómina cuando es una persona física.
  • Las nóminas pueden ser: Ordinarias y Extraordinarias.
  • Nuevos conceptos en catálogo de percepciones.
  • Nuevo catálogo de otros tipo de pago.
  • Se establece un nuevo campo para los contribuyentes que prestan el servicio de outsourcing en donde deberá manifestarse:
  1. La lista de las personas que los subcontratan
  2. RFC de las personas que subcontratan
  3. Porcentaje del tiempo laborado con la subcontratista

Cambios que permitirán por parte del SAT validar los recibos cuando se envíen para su timbrado y les permita tener más información para los cruces de datos al momento de corroborar que se cumplan las obligaciones fiscales; para el contribuyente, cumplir con éstos requisitos será necesario para deducir los pagos por concepto de sueldos y salarios y liberarlo de la presentación de la Declaración Informativa de Sueldos y Salarios del ejercicio 2017 que debieran presentar en Febrero de 2018, atendiendo a lo señalado en fracción X del artículo Noveno de Disposiciones Transitorias de la Ley de Impuesto Sobre la Renta.

 

 http://www.sat.gob.mx/Paginas/Inicio.aspx

 

 

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