El Juicio de Resolución de Fondo en Materia Fiscal

Análisis

Mercadotecnia UPCMarzo 15, 2017
Compartir esta nota:

rodolfo-campos-montejo-juez-judicatura

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó una de las 12 Iniciativas en materia de justicia cotidiana Referente una Asuntos fiscales, Que presento en abril de 2016 El Presidente Enrique Peña Nieto.

Se Trata de las Reformas a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y del Código Fiscal de la Federación para crear una modalidad de juicio denominado Recurso de Revocación Exclusivo de Fondo en materia administrativa.

Con la reforma se crea el “juicio de resolución exclusiva de fondo”, como una opción más que se sumaria a los tres procedimientos ya existentes: juicio en la vía tradicional, juicio en línea y ahora juicio en la vía sumaria.

A más tardar el 30 de junio de 2017 la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, deberá adscribir tres salas regionales especializadas en la materia del juicio de resolución exclusiva de fondo en las circunscripciones territoriales que ésta misma determinar.

Una de las Características del nuevo juicio, es que se observarán los principios de oralidad y celeridad. (1)

El Juicio de Resolución de Fondo se encuentra establecido en los numerales 58-16 al 58-29 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (2).

Fuente: (1) http://eleconomista.com.mx/sistema-financiero/2016/11/17/se-crea-juicio-resolucion-fondo-materia-fiscal

Fuente: (2) http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5470083&fecha=27/01/2017

CLIC AQUÍ